La Portabilidad numérica es una funcionalidad de las Redes de Telecomunicaciones que permite a la usuaria y usuario del Servicio Móvil conservar su número telefónico cuando decide cambiar de operador que le presta el servicio. Con la implementación de ésta, se le devuelve a la usuaria y usuario el derecho de elegir qué empresa le proveerá el servicio móvil.
En el marco del Decreto Supremo N° 3404, se establece la entrada en operación de la Portabilidad Numérica para el servicio móvil, a partir del 01 de octubre de 2018.
Por lo que contribuye a: mejorar las condiciones de calidad del servicio, alcanzar mejores tarifas, ofertar más servicios de telecomunicaciones, mejorar la atención al cliente, entre otras.
La Portabilidad Numérica por el momento solo aplica al Servicio Móvil; es decir, a todas las usuarias y usuarios de la “Telefonía Celular”.
El único que puede solicitar la portabilidad del número de teléfono es el usuario titular de la cuenta; es decir, la persona titular que suscribió el contrato con el operador o la persona que registró la línea a su nombre.
Es el Operador que actualmente presta el servicio móvil, pero cuando se solicita la portación del número, se convierte en el “Operador Donante” ya que es el que transfiere el número al “Operador Receptor”.
Es el Operador hacia el cual es transferido el número desde el Operador Donante, como resultado del Proceso de Portabilidad Numérica.
La usuaria o usuario debe acudir al operador al que desea portar (Operador Receptor) y llenar el Formulario de Solicitud de Portabilidad correspondiente
No, sólo se debe llenar el Formulario de Solicitud de portabilidad en el operador receptor, durante el proceso de solicitud se pondrá en conocimiento del Operador Donante la decisión de portar el número.
El número de teléfono a portar, debe estar activo en un Operador Móvil.
El trámite es personal y presencial, el usuario debe apersonase a los puntos de atención al cliente del Operador Receptor y debe presentar o acreditar lo siguiente:
ü Ser el titular de la cuenta que posee el Número a portar.
ü Su Cédula de Identidad vigente y el documento de representación legal, cuando corresponda.
ü Llenar el Formulario de Solicitud de Portabilidad y firmarlo.
ü Escoger la modalidad del servicio (prepago o postpago)
ü Adecuarse a los requisitos adicionales en caso de solicitar un servicio postpago.
1. El número a portar está actualmente en un proceso de Portabilidad vigente,
2. La cédula de identidad que presente no corresponda con los datos del titular de la cuenta que posee el número que se desea portar,
3. El servicio se encuentre cortado por mora en el operador Donante a la fecha de la solicitud.
4. Haber realizado la portación del número en un tiempo menor a un mes calendario (aproximadamente 30 días).
Sí, es el único requisito técnico necesario para hacer efectiva la Portabilidad, el operador receptor entregará a la usuaria o usuario el SIM Card (chip) una vez aprobada la solicitud de Portabilidad.
Mucho depende de la modalidad a la cual el usuario quiere portar, en caso de prepago, no tomará más tiempo del que se requiere para presentar la solicitud, los requisitos y firmar el Formulario de Solicitud; pero, para la modalidad de postpago el Operador Receptor solicitará requisitos adicionales que causará que se incremente el tiempo de duración del tramite respecto al anterior caso.
Sí, no existe restricción; pero, si el usuario quiere portar a una modalidad postpago, dependerá de si cumple con la presentación de los requisitos que el operador receptor solicite para poder realizar la portación a esa modalidad.
Sí, solo que el número a portar tiene que permanecer un tiempo mínimo de un mes calendario (30 días) en el operador receptor, posterior a ello podrá portar nuevamente.
Al efectuarse la portación se está terminando toda relación con el anterior operador (Operador Donante), por lo que el saldo de Minutos de comunicación de voz y MegaBytes de navegación en Internet o cualquier otro, no se pueden transferir al servicio con el nuevo operador (Operador Receptor). Es por ello que es recomendable hacer uso de dichos saldos antes de ejercer la portabilidad.
Si. Existe un espacio de tiempo llamado “ventana de cambio” durante el cual se deshabilita el servicio en el Operador Donante y se habilita el servicio en el Operador Receptor, por lo que durante ese tiempo se cortará el servicio, esto es entre las 00:00 y 06:00 am. luego de éste periodo el servicio estará habilitado con el nuevo operador.
Sí, siempre y cuando el usuario cancele toda la deuda por el equipo o llegue a un acuerdo con el Operador Donante acerca del saldo adeudado antes de realizar la Solicitud de Portabilidad en el Operador Receptor.
Desde que la solicitud de portabilidad ha sido aceptada por el Operador Receptor, el proceso de habilitación en el nuevo operador se realizará en la ventana de cambio del día siguiente y posterior a horas 06:00am el usuario deberá introducir en su equipo terminal móvil el nuevo SIM Card (chip) que le hubiese provisto el Operador Receptor, salvo imprevistos, el usuario tendrá el servicio en el nuevo operador.
Si, es necesario que la usuaria o usuario permanezca un periodo mínimo de un mes calendario (aprox. 30 días) en el Operador Receptor.
No, ya que la solicitud es de manera presencial y se debe presentar la Cédula de Identidad, y el Formulario de Solicitud que posee la firma, son requisitos indispensables para asegurar que la usuaria o usuario está dando el consentimiento para la portación del número telefónico.
Cuando exista incumplimiento a los requisitos para solicitar la portabilidad o debido a algún error, y se haya producido la portabilidad de un número. A reclamo del usuario titular de la cuenta, el Operador Donante podrá solicitar la reversión a fin de que el número telefónico regrese con él.
Sí; pero, es recomendable que la usuaria o usuario durante el trámite de portabilidad, debe consultar al Operador Receptor si su equipo terminal móvil es apto para trabajar en la Red de éste.
La Autoridad de Regulación y Fiscalización - ATT, es la encargada de que los operadores del servicio móvil cumplan la normativa vigente. Si fuese el caso de incumplimiento, el usuario debe realizar su denuncia en la plataforma ODECO del operador del servicio móvil.
Para obtener más información acerca de la portabilidad llamar al 800106000 o ingresar a la página www.portabilidad.att.gob.bo